viernes, 19 de diciembre de 2025

Imputan homicidio agravado a taxista que atropelló a 11 personas en el sur de Bogotá tras muerte de menor de 15 años

Dos hermanos fueron trasladados a la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Santa Clara, sur de Bogotá, donde permanecieron varios días.

La justicia colombiana imputó un nuevo delito a José Eduardo Chala Franco, el conductor de taxi que el pasado 8 de noviembre atropelló a 11 personas en el sur de Bogotá mientras conducía en estado de embriaguez. La decisión se produjo tras la muerte de una adolescente de 15 años que permanecía en estado crítico desde el día del siniestro.

El hombre, quien permanece privado de la libertad, había aceptado inicialmente los cargos de tentativa de homicidio y lesiones personales dolosas. Sin embargo, el fallecimiento de la menor llevó a la Fiscalía a modificar la imputación y añadir el delito de homicidio agravado, lo que implica un aumento sustancial en la posible pena de prisión.

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Durante la audiencia, la fiscal del caso explicó que el cambio en la calificación jurídica responde a la evolución de los hechos. “Ya no se trataría de una tentativa de homicidio, quedando como autor del delito de homicidio agravado consumado a título de dolo”, señaló la representante del ente acusador. El procesado no aceptó el nuevo cargo, aunque continuará recluido mientras avanzan las etapas judiciales.

El atropello ocurrió en el barrio San Cristóbal, sur de Bogotá, cuando un taxi que se desplazaba a alta velocidad embistió a un grupo de personas que caminaban por la vía. Entre las víctimas había tres menores de edad. Dos hermanos fueron trasladados a la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Santa Clara, donde permanecieron varios días.

La adolescente, identificada como Karol Stepanía, falleció el 11 de noviembre a causa de un trauma encefálico severo. “La causa de la muerte fue violenta en incidente de tránsito”, indicó la Fiscalía durante la diligencia realizada el 19 de diciembre.

En la sustentación de la imputación, el ente acusador argumentó la existencia de dolo, al considerar que el conductor era plenamente consciente del riesgo que implicaba manejar bajo los efectos del alcohol. La fiscal recordó que, como taxista, conocía las normas de tránsito y los peligros de conducir en estado de embriaguez, además de haber infringido señales de pare en el lugar de los hechos y presentar grado tres de alcoholemia.

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De acuerdo con el Código Penal, el homicidio agravado por tratarse de una víctima menor de edad contempla penas que oscilan entre 500 y 700 meses de prisión, equivalentes a entre 41 y 58 años de cárcel. Con la nueva imputación, la condena a la que se expone el procesado podría incrementarse de manera significativa.

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