viernes, 30 de enero de 2026

Corte Constitucional suspende provisionalmente el decreto de Emergencia Económica

La Corte Constitucional suspendió de forma provisional el decreto de emergencia económica del Gobierno, una decisión que reavivó el debate sobre la legalidad de la medida y generó reacciones encontradas entre gremios y el Ejecutivo.

El 29 de enero de 2026, la Corte Constitucional de Colombia decidió suspender provisionalmente el decreto de Emergencia Económica y Social emitido por el presidente Gustavo Petro en diciembre de 2025, mientras examina si cumple los requisitos constitucionales para su vigencia.

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El decreto, conocido formalmente como Decreto Legislativo 1390 de 2025, había sido emitido tras la caída en el Congreso de una reforma tributaria que buscaba recaudar 16,3 billones de pesos para cubrir el presupuesto nacional de 2026 y enfrentar un creciente déficit fiscal.

La figura de emergencia económica otorga al Gobierno poderes extraordinarios para expedir normas y tomar decisiones fiscales sin pasar por el trámite ordinario en el Congreso, incluyendo la creación o modificación de impuestos por decreto.

Al suspender provisionalmente el decreto, la Corte dejó en pausa todos los impuestos y beneficios tributarios adoptados bajo esta emergencia, mientras continúa con un examen más profundo sobre si la declaratoria cumple con los requisitos constitucionales de existencia de un hecho “nuevo, imprevisto y extraordinario”.

El presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), Bruce Mac Master, consideró la decisión como un avance importante para la defensa del Estado de derecho y la institucionalidad, pues, en su opinión, no existían causales claras para decretar la emergencia.

Mac Master también argumentó que la suspensión evita efectos irreparables sobre ciudadanos, empresas y entidades territoriales mientras se resuelve en qué medida la administración puede usar mecanismos extraordinarios sin vulnerar la Constitución.

En sentido similar, Javier Díaz, presidente de Analdex (Asociación Nacional de Comercio Exterior), calificó la decisión como positiva para la economía nacional, pues, según él, “no hay un hecho sobreviniente que justifique la declaratoria de emergencia económica”.

Díaz añadió que la suspensión busca evitar daños adicionales en un contexto económico complejo y que la Corte actúa dentro de sus funciones al estudiar el decreto antes de permitir que sus efectos se consoliden.

La decisión del alto tribunal también fue acogida por otros gremios empresariales, que señalaron que la medida protege la estabilidad económica y la separación de poderes al exigir que reformas fiscales pasen por el debate y aprobación del Congreso.

Desde el Gobierno, el ministro del Interior, Armando Benedetti, rechazó la suspensión y afirmó que esta decisión beneficia a los sectores de mayores ingresos, al bloquear el uso de la emergencia para ampliar la base tributaria y hacer que “los ricos paguen por la crisis”.

Benedetti sostuvo que, sin la emergencia, se pone en riesgo el desarrollo de políticas públicas sociales y la capacidad del Estado para pagar deuda y atender necesidades básicas, argumentos que el Ejecutivo esgrimió al justificar la declaración de la emergencia.

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La suspensión provisional marca un precedente inusual en la jurisprudencia colombiana, pues la Corte rara vez utiliza este tipo de medidas cautelares en estados de excepción y prepara el camino para una decisión de fondo que podría anular definitivamente el decreto si se determina que no cumple los requisitos constitucionales.

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