martes, 3 de febrero de 2026

Magistrados del CNE no definieron participación de Cepeda y serán dos conjueces quienes si va o no a consulta

El CNE no logró mayoría para decidir sobre Iván Cepeda y dejó su futuro en manos de conjueces. La decisión será clave para su participación en la consulta presidencial del 8 de marzo.

La participación del senador y precandidato presidencial Iván Cepeda en la consulta interpartidista del 8 de marzo de 2026 está en un punto crítico, tras semanas de debate jurídico y político que han puesto en vilo su opción de competir.

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) debía pronunciarse sobre si Cepeda podía participar en la consulta del llamado Frente por la Vida, que definirá el candidato único de sectores progresistas, pero la corporación no alcanzó la mayoría requerida para decidir.

En la Sala Plena del CNE, cinco magistrados votaron en contra de habilitar la participación de Cepeda y cuatro estuvieron a favor, un resultado de 5-4 que no cumple el mínimo de seis votos necesarios según la ley electoral para tomar una decisión definitiva.

Debido a esa falta de mayoría calificada, el caso fue trasladado a una instancia especial: conjueces, juristas externos al CNE que serán quienes decidan de fondo si Cepeda puede o no competir.

El reglamento establece que, cuando el CNE no tiene suficientes votos, se sortean conjueces de una lista de juristas para equilibrar la decisión. Dos de esos conjueces serán los principales, y un tercero actuará como suplente si alguno se inhabilita.

Los conjueces designados para definir el caso son Alejandro Felipe Sánchez Cerón, propuesto por el Centro Democrático, y Manuel Antonio Avella, del Partido Liberal. Recientemente se conoció que Sánchez, quien fue defensor del expresidente Álvaro Uribe Vélez, decidió hacerse a un lado. Por tal razón, el conjuez suplente, Gustavo Martín Coral Berdugo, de Colombia Justa Libres tomará su lugar.

La controversia jurídica en torno a Cepeda se basa en su participación previa en otra consulta electoral del Pacto Histórico, en octubre de 2025, cuya naturaleza —si fue interna o interpartidista— sigue en disputa y puede constituir una inhabilidad si se interpreta que ya competió en un mecanismo interpartidista.

El proceso también se ha visto influenciado por la decisión de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que rechazó la inscripción de otro aspirante, Daniel Quintero, por razones de inhabilidad similares, y derivó esos casos al CNE para que se pronuncie.

La definición de si Cepeda puede participar o no tiene implicaciones políticas importantes, ya que su presencia en la consulta podría consolidar la unidad del sector progresista y definir la dinámica de la candidatura única de la izquierda.

Cepeda y sus seguidores han argumentado públicamente que su participación debe garantizarse para mantener la legitimidad del proceso, y algunos candidatos aliados han planteado fórmulas alternativas si la decisión fuera negativa.

Si los conjueces fallan en contra de Cepeda, él podría recurrir a acciones legales como tutelas o recursos judiciales ante la justicia ordinaria o contencioso administrativa, buscando que se respete su derecho a participar en la consulta electoral.

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La expectativa ahora se concentra en el plazo para que los conjueces definan el caso antes del 6 de febrero de 2026, última fecha legal para la inscripción de candidatos en la consulta del 8 de marzo, y mantiene en tensión al sector progresista sobre cómo quedará conformada la papeleta electoral.

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