lunes, 23 de febrero de 2026

Corte IDH condena al Estado colombiano por el asesinato de Jesús Ramiro Zapata

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado colombiano por el asesinato del docente y defensor Jesús Ramiro Zapata en 2000. El tribunal ordenó reparaciones, acto público de reconocimiento y nuevas investigaciones.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró internacionalmente responsable al Estado colombiano por el asesinato del docente, sindicalista y defensor de derechos humanos Jesús Ramiro Zapata, ocurrido el 3 de mayo de 2000 en Segovia, Antioquia.

La decisión fue notificada este lunes 23 de febrero por el presidente del tribunal, el juez Rodrigo Mudrovitsch, quien precisó que la sentencia concluyó que Colombia incurrió en múltiples violaciones a derechos fundamentales del líder social y de sus familiares.

También puedes leer: Muerte de Kevin Acosta exacerba debate sobre crisis de la salud

Contexto: amenazas, hostigamientos y denuncias previas

De acuerdo con la sentencia, el asesinato de Zapata se produjo en un contexto de persecución sistemática contra su labor como defensor de derechos humanos. El docente había denunciado en reiteradas oportunidades presuntos vínculos entre integrantes del Ejército Nacional de Colombia y grupos armados en las masacres de Segovia de 1988 y 1996.

Tras estas denuncias, fue objeto de amenazas, allanamientos a su vivienda y señalamientos públicos que lo vinculaban con el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Además, enfrentó la apertura de cinco investigaciones en su contra, lo que, según el tribunal, configuró un escenario de criminalización y estigmatización.

La Corte determinó que estas acciones lo colocaron en una situación de riesgo que derivó en su desplazamiento forzado a Medellín en 1998.

Violaciones a la vida, integridad y garantías judiciales

En su fallo, la Corte IDH concluyó que el Estado vulneró los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, protección y dignidad de Jesús Ramiro Zapata.

Asimismo, estableció que se transgredieron los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, debido a la falta de diligencia en las investigaciones posteriores a su asesinato.

“Pese a que el Estado estaba informado de la persecución y amenazas en contra del señor Zapata, no tomó ninguna acción para lograr el cese de las mismas ni para determinar a los responsables”, señaló el tribunal.

La sentencia también evidenció afectaciones al derecho al trabajo. Antes de su muerte, el docente fue suspendido provisionalmente por 90 días sin remuneración y posteriormente reincorporado a su cargo en Segovia.

Derecho a defender derechos humanos

Un punto central del fallo es el reconocimiento de la vulneración del derecho autónomo a defender derechos humanos. La Corte sostuvo que el asesinato ocurrió en un contexto de violencia contra líderes sociales y sindicalistas en Colombia.

Aunque el Estado reconoció que Zapata era defensor de derechos humanos y admitió la existencia de actos de inteligencia ilegales y hostigamientos en su contra, el tribunal concluyó que nunca se adoptaron medidas efectivas para garantizar su seguridad.

Reparaciones ordenadas al Estado colombiano

La Corte Interamericana dispuso una serie de medidas de reparación integral que el Estado deberá cumplir:

  • Investigar, impulsar y concluir en un plazo razonable las actuaciones para esclarecer los hechos y sancionar a los responsables.
  • Recopilar y depurar archivos de inteligencia para eliminar registros en los que figure el nombre de Zapata.
  • Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
  • Instalar una placa conmemorativa en Santo Domingo Savio, última institución educativa donde ejerció como docente.
  • Elaborar y difundir un documental audiovisual sobre su labor como defensor de derechos humanos.

Te puede interesar: Capturan en Madrid a alias ‘Diego Optra’, presunto cabecilla de la estructura criminal “Shottas”

El tribunal anunció que supervisará el cumplimiento de la sentencia, en un caso que permaneció más de 26 años sin una resolución definitiva.

Un precedente en la protección de líderes sociales

La decisión de la Corte IDH marca un precedente en materia de responsabilidad internacional del Estado por la protección de defensores de derechos humanos en Colombia, un país que históricamente ha enfrentado altos niveles de violencia contra líderes sociales y sindicalistas.

El fallo refuerza la obligación estatal de prevenir riesgos, investigar con debida diligencia y garantizar condiciones seguras para el ejercicio de la defensa de derechos humanos.

Con esta sentencia, el caso de Jesús Ramiro Zapata deja de estar en la impunidad internacional y se convierte en un referente jurídico sobre la responsabilidad estatal frente a la violencia contra quienes denuncian abusos y exigen justicia.

Te puede interesar...

Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin la autorización escrita de su titular. Si tiene una rectificación o aclaración sobre algún tema publicado en este medio, por favor escríbanos a: editor@doomoeditorial.com.co