jueves, 23 de octubre de 2025

Corte Constitucional ordena a Liga Antioqueña de Voleibol permitir participación de atleta trans y ajustar reglamento

En el fallo, la Corte señaló que no existe evidencia científica concluyente que justifique una regla general de exclusión de las atletas trans.

La Corte Constitucional emitió un fallo de tutela en el que ampara los derechos fundamentales de una deportista transgénero que fue excluida de manera intempestiva de los torneos departamentales de voleibol en 2024. En su decisión, el alto tribunal ordenó a la Liga Antioqueña de Voleibol modificar su reglamento y eliminar las disposiciones que establecían medidas de exclusión plena contra atletas trans.

La controversia se originó cuando la Liga cambió su normativa para exigir, como condición para competir en la categoría femenina, “haber nacido mujer”. Esa disposición impidió la inscripción de la deportista en los certámenes regionales, lo que la llevó a presentar una acción de tutela alegando vulneración de sus derechos a la igualdad, la no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad.

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En el fallo, la Corte señaló que no existe evidencia científica concluyente que justifique una regla general de exclusión de las atletas trans en el deporte competitivo. El tribunal explicó que la supuesta ventaja física de estas deportistas sobre sus pares cisgénero no puede presumirse de manera uniforme, ya que depende de factores como la composición corporal, el régimen de entrenamiento, la nutrición, la edad, los efectos de los tratamientos hormonales y el contexto individual de cada caso.

Los criterios científicos actuales no permiten sostener que todas las mujeres trans tengan, de manera necesaria y en cualquier circunstancia, una ventaja competitiva frente a las mujeres cisgénero”, indicó la Corte en su pronunciamiento.

En consecuencia, el alto tribunal ordenó a la Liga Antioqueña de Voleibol autorizar la participación de la jugadora afectada en los torneos oficiales, además de modificar el artículo 4 de su reglamento para retirar la exigencia de haber “nacido mujer” como condición de elegibilidad. Asimismo, dispuso que la entidad revise la normatividad de todas las ligas de voleibol bajo su vigilancia, con el fin de garantizar que ninguna incluya medidas de exclusión absoluta basadas en el sexo asignado al nacer.

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Este fallo marca un precedente relevante en el debate nacional e internacional sobre la participación de personas trans en el deporte competitivo, un tema que ha generado posiciones divididas en distintas federaciones y que toca de lleno la tensión entre inclusión, igualdad de género y principios de equidad deportiva.

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