Alias Araña tiene un amplio historial criminal. Inició su trayectoria en 2008 como integrante de la banda Los Rastrojos.
Alias Araña tiene un amplio historial criminal. Inició su trayectoria en 2008 como integrante de la banda Los Rastrojos.

La Corte Suprema de Justicia emitió concepto favorable para la extradición de Geovany Andrés Rojas, alias Araña, señalado cabecilla del grupo armado Comandos de Frontera (CDF). El hombre es requerido por la Corte Distrital del Distrito Sur de California por los delitos de concierto para delinquir, narcoterrorismo y tráfico internacional de drogas ilícitas.
El pronunciamiento del Alto Tribunal, adoptado tras analizar la solicitud enviada por el Gobierno de los Estados Unidos, concluyó que se cumplen las exigencias constitucionales y legales para proceder con la entrega, una vez sea autorizada por el Ejecutivo colombiano.
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Rojas fue capturado el 19 de febrero de 2025 en Bogotá, durante una reunión de la mesa de conversaciones entre la Coordinadora Nacional Bolivariana y representantes del Gobierno Nacional, en su calidad de integrante del equipo negociador de paz. Su detención se produjo pese a que contaba con suspensión temporal de órdenes de captura dentro del proceso de la llamada “Paz Total”, decretada por la Fiscalía General de la Nación en abril de 2024.
Sin embargo, dicha suspensión no aplicaba sobre la circular roja de Interpol, que fue ejecutada ese mismo día en cumplimiento de la petición del Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
Alias Araña tiene un amplio historial criminal. Inició su trayectoria en 2008 como integrante de la banda Los Rastrojos, una de las estructuras más violentas del suroccidente colombiano. En 2010 fue capturado y condenado a 29 años de prisión por delitos de concierto para delinquir, extorsión, homicidio y tráfico de drogas en el departamento de Putumayo.
Años más tarde, durante el gobierno de Juan Manuel Santos, en 2017, fue designado gestor de paz dentro de las negociaciones con las extintas FARC, lo que le permitió obtener libertad condicional por tres meses. No obstante, Rojas abandonó el proceso y regresó a las armas antes de que se venciera el plazo, alegando falta de garantías de seguridad.
En la actualidad, lidera los Comandos de Frontera (CDF), un grupo armado señalado de tener nexos con la Segunda Marquetalia, disidencia de las antiguas FARC encabezada por alias Iván Márquez. El CDF opera principalmente en zonas del Putumayo y la frontera con Ecuador, controlando rutas de narcotráfico y pasos ilegales hacia el Pacífico.
En su decisión, la Corte Suprema determinó que los delitos imputados por la justicia estadounidense son de naturaleza común y se cometieron después del 17 de diciembre de 1997, fecha a partir de la cual Colombia permite la extradición de sus ciudadanos.
El alto tribunal aplicó la teoría de la ubicuidad, al considerar que aunque las conductas delictivas se realizaron parcialmente en territorio colombiano, los efectos directos —el tráfico y comercialización de cocaína— tuvieron lugar en los Estados Unidos, lo que justifica su competencia jurisdiccional.
La Sala también evaluó los procesos judiciales activos en Colombia contra alias Araña, concluyendo que no existe cosa juzgada, pues las investigaciones aún no han culminado con sentencias firmes. En consecuencia, no se vulnera el principio de no doble juzgamiento.
La defensa de Rojas argumentó que su condición de delegado de paz le otorgaba un fuero especial que impediría su extradición. Sin embargo, la Corte fue enfática al señalar que las resoluciones administrativas que otorgan tal estatus no tienen alcance constitucional y, por tanto, no pueden oponerse al cumplimiento de tratados internacionales de cooperación judicial.
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El tribunal también precisó que los cargos por los cuales Estados Unidos lo requiere son equivalentes, en la legislación colombiana, a los delitos de financiación del terrorismo y grupos de delincuencia organizada —con penas mínimas de 13 años— y concierto para delinquir agravado, castigado con al menos 12 años de prisión. Esto satisface el requisito legal de una pena mínima superior a cuatro años.
La Corte recordó que el Gobierno Nacional, al momento de decidir la entrega, debe exigir a los Estados Unidos el respeto de los principios de especialidad —es decir, que solo se le juzgue por los delitos incluidos en la solicitud— y la prohibición de imponer penas de muerte, cadena perpetua o tratos crueles e inhumanos.
Además, el Ejecutivo tiene la facultad de diferir la entrega hasta que alias Araña cumpla con los procesos judiciales o eventuales condenas pendientes en Colombia.
Con este concepto favorable, la última palabra la tendrá el presidente Gustavo Petro, quien deberá firmar o negar la resolución de extradición, en medio del debate político que rodea a los gestores de paz involucrados en actividades criminales.
#Nacional | La Corte Suprema(@CorteSupremaJ) dio su aval a la extradición a Estados Unidos de Geovany Andrés Rojas, alias 'Araña', cabecilla de los Comandos de Frontera. La decisión final sobre esta extradición está en manos del presidente Gustavo… pic.twitter.com/uKWtymQBuj
— Doomo Editorial (@DoomoEditorial) October 23, 2025