sábado, 11 de octubre de 2025

Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) pondrá límites a las alocuciones presidenciales

A través de una nueva normativa, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) pondrá condiciones a las futuras alocuciones presidenciales, que tendrán que cumplirse si se espera usar los espacios televisivos.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) aprobó una nueva normativa que redefine los límites y condiciones bajo las cuales el presidente de la República podrá dirigirse al país a través de alocuciones oficiales en televisión abierta. La medida surge como respuesta a la preocupación de distintos sectores por el uso frecuente o políticamente estratégico de estos espacios, considerados un recurso de comunicación institucional reservado para situaciones de especial gravedad o interés nacional.

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De ahora en adelante, cada vez que el presidente desee realizar una alocución, la Secretaría de Comunicaciones y Prensa de la Presidencia deberá enviar un formulario oficial a la CRC con una antelación mínima de cuatro horas antes de la transmisión. En dicho documento se especificarán detalles como el tema, los objetivos del mensaje, la justificación de su urgencia, el guion o contenido del discurso y las razones que motivan la interrupción de la programación habitual.

Esta solicitud previa busca garantizar que las alocuciones se mantengan dentro de los límites institucionales y que no se conviertan en un canal de uso libre o permanente. En caso de que se presente una situación de fuerza mayor o emergencia nacional, la CRC permitirá tramitar el formulario por la vía urgente, aunque el Gobierno deberá justificar claramente por qué no se cumplió con el tiempo reglamentario.

La regulación también aclara que las alocuciones deben ser personales, es decir, protagonizadas directamente por el presidente, y no delegadas a otros funcionarios o voceros del Gobierno. Además, el contenido deberá tener relación directa con las funciones constitucionales y con temas de alta relevancia pública, como crisis humanitarias, emergencias nacionales, anuncios institucionales o decisiones de política de Estado.

Una de las claves de esta medida es el principio de excepcionalidad. La CRC enfatiza que las alocuciones no deben transformarse en espacios de rutina o propaganda política, sino reservarse exclusivamente para situaciones urgentes, inaplazables y con impacto directo en la ciudadanía. Esto significa que no podrán ser utilizadas para responder críticas, promover iniciativas partidistas o realizar balances de gestión.

El objetivo principal, según la CRC, es salvaguardar la pluralidad informativa en los medios de comunicación. En un contexto donde la figura presidencial tiene una plataforma poderosa y acceso directo a millones de personas, la entidad busca evitar que el uso reiterado de alocuciones limite la diversidad de voces o afecte el equilibrio del debate público.

De igual manera, la CRC implementará un sistema de seguimiento y rendición de cuentas. Cada alocución presidencial será evaluada posteriormente, y la entidad publicará informes donde se determine si la intervención cumplió con los criterios de urgencia, excepcionalidad y pertinencia establecidos por la norma. Este control permitirá a los ciudadanos conocer si el uso del espacio público fue legítimo y proporcional.

La medida se inscribe en un esfuerzo más amplio por equilibrar el poder de comunicación del Ejecutivo con los principios de libertad de prensa y derecho ciudadano a recibir información veraz y plural. En otras palabras, busca evitar que la comunicación presidencial se convierta en un instrumento de propaganda o en un medio de presión indirecta sobre los medios privados.

La decisión también responde a un contexto global donde los límites entre la comunicación institucional y la comunicación política se han vuelto difusos. En países de la región, los presidentes han recurrido con frecuencia a transmisiones oficiales para influir en la opinión pública, generando debates sobre los abusos del poder mediático y la necesidad de regulación independiente.

Para algunos expertos en comunicación política, esta norma podría marcar un precedente importante en América Latina, al establecer un mecanismo transparente que somete la voz presidencial a supervisión institucional. Sin embargo, otros sectores han expresado reservas, argumentando que podría limitar la capacidad del mandatario para reaccionar con rapidez ante crisis o emergencias.

Desde el Gobierno, no se ha expresado una oposición directa a la medida, aunque funcionarios cercanos al Ejecutivo han señalado que el uso responsable de las alocuciones ha sido una práctica constante. No obstante, la CRC insiste en que la transparencia no debe depender de la buena voluntad de un gobierno, sino de reglas claras y verificables.

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La medida contrasta con episodios del pasado, como cuando durante más de un año se transmitió el programa «Prevención y Accion» del entonces presidente Iván Duque. El espacio televisivo tenía una duración de una hora y en un punto tuvo un contexto político, como cuando entrevistaron al opositor venezolano, Leopoldo López.

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