La vicepresidenta Delcy Rodríguez asumió como presidenta interina de Venezuela tras la declaración de ausencia temporal de Nicolás Maduro, en una ceremonia realizada ante la Asamblea Nacional
La vicepresidenta Delcy Rodríguez asumió como presidenta interina de Venezuela tras la declaración de ausencia temporal de Nicolás Maduro, en una ceremonia realizada ante la Asamblea Nacional

Delcy Rodríguez fue designada presidenta interina de Venezuela luego de que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declarara la ausencia temporal del presidente Nicolás Maduro tras su captura por fuerzas extranjeras, con el objetivo declarado de “garantizar la continuidad administrativa del Estado y la defensa integral de la Nación”.
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La decisión del TSJ se sustentó en el Artículo 234 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que prevé la suplencia del presidente por parte del vicepresidente en caso de ausencia temporal por un período inicial de 90 días, prorrogable por igual lapso si lo decide la Asamblea Nacional.
En su sentencia, la Sala Constitucional del TSJ introdujo el concepto de “ausencia forzosa”—un término no expresamente previsto en la Constitución—para describir la situación de Maduro, al considerar su captura como un supuesto de imposibilidad material y temporal para ejercer el cargo.
La norma constitucional diferencia entre ausencia temporal y ausencia absoluta del presidente, siendo esta última una condición que exige, entre otros supuestos, muerte, renuncia, destitución u otras causas previstas en el Artículo 233, pero no incluye explícitamente la captura en el extranjero.
Según la interpretación del TSJ, la medida adoptada no implica una declaración de vacancia total ni obliga a convocar elecciones presidenciales en 30 días, lo cual sí ocurriría en caso de ausencia absoluta conforme al texto constitucional.
La ceremonia de juramentación de Delcy Rodríguez se realizó el lunes 5 de enero de 2026 ante la Asamblea Nacional chavista en Caracas, donde Rodríguez tomó el juramento como presidenta interina ante legisladores afines al régimen.
Durante la toma de posesión, Rodríguez pronunció un discurso criticando lo que calificó de “secuestro” de Maduro y de la primera dama, reafirmó su lealtad a la revolución bolivariana y subrayó la defensa de la soberanía venezolana frente a la intervención extranjera.
El acto de juramentación tuvo en la Asamblea Nacional la presencia de figuras clave del oficialismo, incluidos su hermano Jorge Rodríguez, presidente de la Asamblea, y otros altos funcionarios que respaldaron la transición de poder.
La Constitución atribuye al vicepresidente ejecutivo la función de asumir la presidencia de manera temporal cuando exista una falta temporal del presidente, y el artículo 234 habilita un plazo inicial de 90 días, prorrogables por la Asamblea Nacional por otros 90 días si las circunstancias lo justifican.
El TSJ evitó pronunciarse sobre la cualificación definitiva de la ausencia de Maduro como temporal o absoluta para evitar activar de inmediato los mecanismos de vacancia, dejando dicha evaluación para una etapa posterior que involucre al Parlamento.
La asunción de Rodríguez como presidenta interina ha sido presentada por el gobierno como una medida para salvaguardar la estabilidad institucional y administrar las funciones del Ejecutivo mientras se resuelve jurídicamente la situación de Maduro.
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No obstante, el uso de conceptos como “ausencia forzosa” ha generado debate entre analistas constitucionales debido a que no está contemplado expresamente en la Carta Magna, lo que subraya la complejidad legal y política de determinar si la ausencia de Maduro debe calificarse como temporal o permanente.