La Registraduría Nacional fija el procedimiento oficial para diligenciar el formulario E-14 en las elecciones del 8 de marzo. Conozca las instrucciones para jurados de votación, el proceso de recuento y las posibles sanciones por incumplimiento.
La Registraduría Nacional fija el procedimiento oficial para diligenciar el formulario E-14 en las elecciones del 8 de marzo. Conozca las instrucciones para jurados de votación, el proceso de recuento y las posibles sanciones por incumplimiento.

La Registraduría Nacional del Estado Civil definió el procedimiento oficial que deberán cumplir los jurados de votación para el correcto diligenciamiento del formulario E-14, documento clave en el proceso de escrutinio y consolidación de resultados electorales de las elecciones previstas para el próximo 8 de marzo.
La autoridad electoral reiteró que el cumplimiento riguroso de estas instrucciones es fundamental para garantizar la transparencia, legalidad y precisión en los resultados. El incumplimiento de los lineamientos podría derivar en sanciones disciplinarias por parte de la Procuraduría General de la Nación.
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El formulario E-14 es el acta oficial de escrutinio de mesa en la que se registran los votos obtenidos por partidos, movimientos y candidatos. Este documento constituye la base para la transmisión y posterior consolidación de los resultados preliminares.
Cada mesa debe diligenciar tres ejemplares del E-14:
Los jurados tienen la responsabilidad de transcribir la información consignada inicialmente en los cuentavotos a estos tres formularios, asegurando que los datos coincidan plenamente con los votos depositados en la urna.
Antes de iniciar la transcripción definitiva, los jurados deben comparar el total de votos contabilizados con el número de sufragios depositados en la urna.
La Registraduría enfatizó que los números deben escribirse de forma clara, legible y horizontal, dato por dato, en los tres ejemplares.
La uniformidad en el llenado evita errores de interpretación y garantiza la correcta lectura óptica y digitalización posterior.
En la última hoja del E-14 se encuentra la casilla de constancias, donde los jurados pueden dejar observaciones relacionadas con el acta de escrutinio.
Asimismo, deben indicar si se realizó o no un recuento de votos por solicitud de testigos electorales, especificando:
La Registraduría recordó que el recuento de votos es la única reclamación que los jurados pueden resolver en mesa y solo puede efectuarse una vez. Cualquier otra reclamación debe presentarse por escrito y será introducida en el sobre de claveros para su trámite posterior en instancias superiores.
Una vez finalizado el diligenciamiento, los jurados deben firmar el formulario y registrar su número de cédula en el espacio correspondiente.
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La autoridad electoral advirtió que el servicio como jurado de votación es una función pública transitoria de carácter obligatorio. Cualquier incumplimiento en el procedimiento puede acarrear investigaciones disciplinarias por parte de la Procuraduría.
Ante dudas durante el proceso, los jurados pueden consultar la guía oficial adherida en cada mesa de votación.
Con estas directrices, la Registraduría busca blindar el proceso electoral frente a errores materiales o inconsistencias que puedan afectar la confianza ciudadana en los resultados.
El correcto diligenciamiento del E-14 es un eslabón esencial en la cadena de custodia electoral y en la consolidación de resultados oficiales, especialmente en un contexto donde la trazabilidad y la precisión documental son determinantes para la legitimidad democrática.
Las elecciones del 8 de marzo pondrán a prueba nuevamente la capacidad operativa del sistema electoral colombiano y el compromiso de los jurados con el cumplimiento estricto de la normativa vigente.
#Elecciones2026🗳️ ¿Cómo deben diligenciar el E-14 o acta electoral los jurados de votación?
— Registraduría Nacional del Estado Civil (@Registraduria) February 19, 2026
Aquí te lo contamos ⬇️ pic.twitter.com/5lwfDY1IhH