Con esta decisión, se mantiene en firme la orden de detención domiciliaria dictada por la jueza Sandra Heredia contra el expresidente Álvaro Uribe.
Con esta decisión, se mantiene en firme la orden de detención domiciliaria dictada por la jueza Sandra Heredia contra el expresidente Álvaro Uribe.
El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la solicitud de libertad provisional presentada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien fue condenado el pasado viernes a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de soborno a testigos en actuación penal y fraude procesal.
La decisión fue tomada por el magistrado Leonel Rogeles Moreno, quien concluyó que la petición no cumplía con los requisitos de urgencia, necesidad e impostergabilidad necesarios para que el juez constitucional interviniera de forma inmediata a través de una acción de tutela.
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Con esta decisión, se mantiene en firme la orden de detención domiciliaria dictada por la jueza Sandra Heredia, aunque aún no ha sido ejecutada. La defensa del exmandatario, encabezada por el abogado Jaime Granados, interpuso este lunes una tutela argumentando la supuesta vulneración de varios derechos fundamentales de Uribe, entre ellos la presunción de inocencia, el debido proceso, la dignidad humana y la libertad.
El recurso busca que el expresidente pueda apelar la condena en libertad, amparándose en uno de los mecanismos judiciales más expeditos del sistema colombiano. La jueza Heredia justificó su decisión señalando que permitir la libertad de Uribe enviaría un mensaje de impunidad y podría incentivar la violencia en el país. En respuesta, la defensa sostiene que la medida cautelar es desproporcionada y se basa en argumentos ambiguos.
“El argumento de prevenir futuros delitos niega de forma clara la presunción de inocencia”, señaló Granados, quien también cuestionó que no se hayan especificado las supuestas maniobras dilatorias atribuidas a la defensa.
Pese a los reclamos, el magistrado Rogeles sostuvo que “por el momento ninguna irregularidad se advierte que sea del calado necesario para estimar una afectación relevante a los derechos fundamentales”. Además, subrayó que no es posible considerar arbitraria la decisión de la jueza sin antes agotar el proceso de contradicción.
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La apelación de la sentencia, más allá del trámite de la tutela, será analizada también por el Tribunal Superior de Bogotá. Si la decisión no favorece a Uribe, su defensa ya ha anticipado que acudirá a la Corte Suprema de Justicia.
La tutela fue asignada inicialmente al magistrado Ramiro Riaño Riaño, pero debido a que se encuentra de permiso, el caso fue asumido por el despacho del magistrado Rogeles. Una vez Riaño retome funciones, el expediente podría regresar a sus manos, aunque existe la posibilidad de que se declare impedido. En 2014, Riaño se apartó de un caso relacionado con Uribe al revelar un posible conflicto de interés: su pareja había sido fiscal en Zipaquirá bajo la administración de Luis Eduardo Montealegre, entonces fiscal general y actual ministro de Justicia, quien fue aceptado como víctima en el proceso contra el exmandatario.
El Tribunal de Bogotá tiene un plazo de diez días para resolver de fondo la acción de tutela.
#Nacional | El Tribunal Superior de Bogotá negó la suspensión provisional de la detención domiciliaria que había sido solicitada por la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez (@AlvaroUribeVel) pic.twitter.com/8Y5mlkArBd
— Doomo Editorial (@DoomoEditorial) August 5, 2025