jueves, 15 de enero de 2026

Juzgado de Bogotá declaró improcedente tutela de Canal 1 contra la SIC y el MinTIC

Un juzgado de Bogotá declaró improcedente la tutela de Canal 1 contra la SIC y el MinTIC por una investigación sobre presunta integración empresarial con Caracol Radio.

Un juzgado del circuito judicial de Bogotá declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Plural Comunicaciones S.A.S., operador de Canal 1, contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC).

La decisión judicial se relaciona con una investigación administrativa adelantada por la SIC por una presunta integración empresarial no informada entre Canal 1 y Caracol Radio.

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¿Por qué Canal 1 presentó la acción de tutela?

La tutela fue radicada el 25 de noviembre de 2025 por Plural Comunicaciones S.A.S. y sus directivos Ramiro Andrés Avendaño y Santiago Valencia Becerra.

En el recurso, los accionantes señalaron que la SIC y el MinTIC habrían vulnerado derechos fundamentales como:

  • Libertad de expresión
  • Libertad de información
  • Libertad de prensa
  • Debido proceso

El reclamo surgió tras la apertura de una investigación por una supuesta fusión empresarial sin autorización previa, lo que derivó en un pliego de cargos formulado el 9 de septiembre de 2025.

La controversia por la presunta integración empresarial

Según la SIC, las empresas habrían incurrido en una integración empresarial no autorizada, contraviniendo la normativa de competencia. Sin embargo, Plural Comunicaciones aseguró que nunca existió una fusión y que, en una etapa inicial, la propia Superintendencia les habría indicado que no era necesario solicitar autorización.

De acuerdo con la defensa, meses después la entidad cambió su criterio y determinó que sí era obligatorio el aval para la integración entre Canal 1 y Caracol Radio, lo que dio origen al proceso sancionatorio.

Decisión del juzgado: tutela no era el mecanismo adecuado

Tras analizar el caso, el juzgado concluyó que la acción de tutela no era el mecanismo idóneo para resolver la controversia. Entre los argumentos del fallo se destacan:

  • Los demandantes no agotaron todos los recursos administrativos y judiciales disponibles
  • No se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la intervención del juez constitucional

En consecuencia, el despacho declaró improcedente la tutela.

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Canal 1 anuncia impugnación del fallo

Tras conocerse la decisión, Canal 1 anunció que impugnará el fallo, en lo que calificó como “un segundo round judicial para defender la continuidad del canal y la libertad de prensa”.

Entre sus argumentos, el medio sostuvo que el juzgado no abordó de fondo las discusiones sobre los derechos fundamentales alegados por Plural Comunicaciones S.A.S. ni evaluó adecuadamente los riesgos que enfrenta la operación del canal, lo que, según la empresa, “deja la puerta abierta a futuras vulneraciones”.

Un caso clave para la regulación de medios en Colombia

Este proceso se perfila como un precedente relevante en materia de regulación de medios, control de integraciones empresariales y libertad de prensa en Colombia, al involucrar a autoridades de competencia y al sector de telecomunicaciones en una disputa con un operador de televisión nacional.

La resolución definitiva dependerá ahora de lo que decidan las instancias superiores tras la impugnación anunciada.

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